El diputado federal perredista Emmanuel Reyes Carmona a nombre de su partido, busca impulsar reformas el artículo 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, con el objetivo de facilitar que las personas discapacitadas puedan votar sin dificultades desde sus domicilios, para así garantizar su derecho al voto.
Esta medida, de acuerdo al legislador del partido del Sol Azteca, contempla asegurar que los ciudadanos con alguna discapacidad física, visual o motriz, ya sea temporal o permanente, puedan sufragar mediante su inclusión a un padrón de “voto domiciliado”.
Reyes Carmona, quien es también integrante de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, sostuvo que esta iniciativa, turnada a la Comisión de Gobernación y Población, tiene como propósito fundamental, otorgar a este sector una credencial de elector con la leyenda “Voto domiciliado”, donde se garantiza que llegue su boleta para votar al domicilio marcado en esta credencial por correo certificado.
El legislador detalló que en caso que sea temporal la incapacidad física del votante, propone emitir un dictamen para eliminar su registro en la sección electoral por esa ocasión y enviar la boleta electoral a su domicilio, la cual una vez devuelta se dirija al Consejo Municipal Electoral, para su revisión, validación, escrutinio y cómputo.
Aclaró que, como requisito elemental para que se pudiera integrar al padrón de voto domiciliado por discapacidad se debería contar con el respaldo de un dictamen médico, además de las propias instituciones de asistencia por medio de sus trabajadores sociales en conjunto con el Instituto Nacional Electoral, así como agrupaciones de participación ciudadana.
Consideró que como otra garantía de transparencia y equidad, los partidos políticos podrán verificar el listado, pero no enviar propaganda personalizada a estas personas, sino únicamente las que la ley confiere para propaganda electoral, bajo la premisa de protección a los datos personales.
El diputado detalló que las boletas para las personas con discapacidad, se enviarían con una antelación de 30 días al inicio de la jornada electoral y se obligaría a devolverlas hasta seis días antes de su realización a los Consejos Municipales Electorales, previa certificación o acuse de recibo del Servicio Postal Mexicano o de las propias comisiones de recolección de estos sobres.
Lo anterior para que a las 5:00 de la tarde del día de la jornada electoral se instale la Comisión de Escrutinio en el Consejo Municipal del “voto domiciliado” de las personas con discapacidad, y se comience con la apertura de sobres y dé inicio el escrutinio y cómputo.
Una vez concluido, “la sabana” informativa se instalaría afuera del Consejo Municipal, con la presencia de representantes de los partidos políticos, consejeros ciudadanos y observadores electorales, previamente registrados para este fin.