El exprocurador Jesús Murillo Karam será trasladado al reclusorio Norte de la Ciudad de México para ser presentado ante un juez de control que liberó la orden de aprehensión por los delitos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia en el caso Ayotzinapa.
El vocero de la Presidencia de la República, Jesús Ramírez, fue quien confirmó que el exfuncionario federal, artífice de la “verdad histórica" sobre la desaparición de los 43 normalistas, enfrentará su proceso en ese reclusorio.
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La audiencia inicial para el exfuncionario federal se realizará este sábado a las 9 de la mañana en ese reclusorio
La FGR solo había informado que Murillo Karam fue trasladado a las instalaciones de la dependencia para las certificaciones correspondientes y posteriormente ser puesto a disposición de la autoridad judicial, en cumplimiento a la orden de aprehensión en su contra.
Este viernes, la Policía Federal Ministerial de la FGR, apoyada por la Marina Armada de México, detuvo a quien fuera titular de la Procuraduría General de la República durante la administración de Enrique Peña Nieto.
“La diligencia se llevó a cabo en el exterior del domicilio de dicha persona, sin ningún problema; ya que la misma colaboró con las autoridades policiacas sin oponer resistencia, una vez que se le informó sobre el procedimiento que se estaba llevando a cabo”, informó la FGR mediante una tarjeta informativa.
La aprehensión ocurre después de que la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia del caso Ayotzinapa, de la Secretaría de Gobernación, señaló que la desaparición de los normalistas de Ayotzinapa, en 2014, fue un crimen de Estado en el que estuvieron involucrados autoridades de todos los niveles y no hay indicios de que estén vivos.
De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales, el delito de desaparición forzada amerita prisión preventiva oficiosa o prisión automática, por lo que Karam podría ser encarcelado luego de ser presentado ante un juez.
De declararlo culpable por los tres delitos podría recibir de 43 a 82 años de prisión, aunque al cierre de edición no se conocía mayor información sobre el estatus judicial del exfuncionario.
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Para la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas se considera que la desaparición es la privación de la libertad a una o más personas cometida por agentes del Estado o por personas que actúen con la autorización, el apoyo o consentimiento del Estado, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre un paradero.
Con información deAlfredo Maza