/ jueves 19 de agosto de 2021

Votación en planta de General Motors fue auténtica: INE

La elección estuvo a cargo del Sindicato “Miguel Trujillo López” y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social

El Instituto Nacional Electoral aseguró que la elección sindical de la planta de General Motors en Silao, fue auténtica.

Los trabajadores votaron en secreto y libertad. Decidieron rechazar el contrato colectivo”, señaló el consejero electoral Ciro Murayama.

A través de su cuenta de Twitter, celebró que pese a los ataques hechos a la autoridad electoral, “el INE de nuevo cumple su misión”.

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Este 17 y 18 de agosto el INE participó como observador en la reposición del proceso de legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado en la planta de General Motors en Silao, Guanajuato.

La elección estuvo a cargo del Sindicato “Miguel Trujillo López” y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que es la autoridad competente para resolver la validez del proceso, al verificar que se lleve a cabo con base en los lineamientos legales y normativos establecidos.

El papel de la autoridad electoral consistió en observar el respeto absoluto al régimen de competencias y principio de legalidad, por lo que se limitará al de un observador doméstico que sólo registre y documente el procedimiento sindical.

Cabe señalar que el organismo participó como observador nacional a petición de la STPS.

El Instituto Nacional Electoral aseguró que la elección sindical de la planta de General Motors en Silao, fue auténtica.

Los trabajadores votaron en secreto y libertad. Decidieron rechazar el contrato colectivo”, señaló el consejero electoral Ciro Murayama.

A través de su cuenta de Twitter, celebró que pese a los ataques hechos a la autoridad electoral, “el INE de nuevo cumple su misión”.

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Este 17 y 18 de agosto el INE participó como observador en la reposición del proceso de legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado en la planta de General Motors en Silao, Guanajuato.

La elección estuvo a cargo del Sindicato “Miguel Trujillo López” y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) que es la autoridad competente para resolver la validez del proceso, al verificar que se lleve a cabo con base en los lineamientos legales y normativos establecidos.

El papel de la autoridad electoral consistió en observar el respeto absoluto al régimen de competencias y principio de legalidad, por lo que se limitará al de un observador doméstico que sólo registre y documente el procedimiento sindical.

Cabe señalar que el organismo participó como observador nacional a petición de la STPS.

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