/ lunes 17 de junio de 2019

Cancela Condusef registro de 77 sociedades financieras

La Condusef está facultada para cancelar el registro de aquellas Sofom que incumplan con las obligaciones de mantener actualizada y validada la información o que esta difiera de la real

Al no haber renovado en los plazos y términos establecidos conforme a la normatividad aplicable, dictamen requerido que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Condusef canceló el registro de 77 sociedades financieras de objeto múltiple, no reguladas (Sofom, Enr).

De las 77, 59 Sofom con causal de cancelación no tienen créditos activos y los 18 restantes reportan un saldo de cartera de crédito total por más de 426 millones de pesos.

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La Condusef dio inicio al proceso de cancelación a partir del mes de julio de 2015, al entrar en vigor las disposiciones de carácter general para el Registro de Prestadores de Servicios Financieros, con motivo de las reformas que se realizaron a la ley de la Condusef y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito 2014; más de 1 mil 400 Sofom, enr no solicitaron renovación de su registro dentro del plazo previsto transitorio para regularizarse ante la autoridad, el cual fue de 270 días.

La Condusef está facultada para cancelar el registro de aquellas Sofom que incurran en las siguientes conductas, que incumplan con las obligaciones de mantener actualizada y validada la información o que esta difiera de la real; la sociedad no acredite que es usuaria de al menos una Sociedad de Información Crediticia por dos trimestres consecutivos; que omita presentar a la Condusef la renovación del dictamen técnico que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo; que esté identificada como “institución no localizable” por el plazo de seis meses consecutivos sin que actualice su domicilio y cuando la CNBV informe a la Condusef que la Sofom ha omitido enviarle a ella o a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el periodo de un año calendario.

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De esta manera, desde julio de 2015 al 31 de mayo del año en curso, éstas con las principales causas que han motivado la cancelación del registro a 1 mil 344 sociedades, las cuales deben liquidarse y transformarse.

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La Condusef está facultada para cancelar el registro de aquellas Sofom que incurran en las siguientes conductas, que incumplan con las obligaciones de mantener actualizada y validada la información o que esta difiera de la real; la sociedad no acredite que es usuaria de al menos una Sociedad de Información Crediticia por dos trimestres consecutivos; que omita presentar a la Condusef la renovación del dictamen técnico que emite la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo; que esté identificada como “institución no localizable” por el plazo de seis meses consecutivos sin que actualice su domicilio y cuando la CNBV informe a la Condusef que la Sofom ha omitido enviarle a ella o a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en el periodo de un año calendario.

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