León, Gto.- En el nuevo modelo de justicia laboral utiliza la ley para tratar la relación laboral como un tema más humano porque ambas partes tienen derechos y obligaciones. Se busca la transformación del régimen sindical, donde por un lado se busquen mejores condiciones y prestaciones, pero también que haga entender a los trabajadores qué necesita la empresa, precisó José Luis Sánchez Castillo, presidente de la Junta Local de Conciliación en León (JULCAS), en su conferencia “En el marco del nuevo modelo de justicia laboral y su impacto en el sector empresarial”, que se realizó en las instalaciones de Apimex.
En el marco del evento, Abogados Consultores & Capacitadores Empresariales AC | CE firmaron un convenio de colaboración con la Asociación de Empresas Proveedoras Industriales de México (APIMEX), el ponente dijo que la Reforma se debió a una presión externa debido al T-MEC con lo que de alguna manera obliga a respetar los derechos de los trabajadores, a la afiliación individual libre y a la negociación colectiva con el sindicato.
Dijo que hay juicios laborales que tienen excepciones de la etapa conciliatoria, en lo individual cuando haya discriminación en el empleo, designación de beneficiarios por muerte y prestaciones de seguridad social. La excepción en la parte colectiva es cuando no hay libertad de asociación, libertad sindical y el reconocimiento efectivo de la negociación y la imputación de los estatutos de los sindicatos.
Se busca reivindicar los derechos colectivos a los trabajadores, a respetar que los trabajadores puedan pertenecer a cualquier sindicato y haya libertad de negociación colectiva.
Desaparecerán las JULCAS, sólo terminarán los asuntos que tienen en trámite, algunos tardarán hasta tres años. El nuevo modelo de justicia laboral buscarán conciliar las partes, que los juicios sean cortos y ágiles para lo que se creó el Centro de Conciliación y Registro Sindical tanto Federal como Estatal, los cuales estarán en Galerías Las Torres y la Plaza del Mariachi, respectivamente, que entrarán en funcionamiento el 3 de noviembre.
Por otro lado, el voto de los trabajadores debe ser personal, libre, secreto y directo, además se indica que las directivas deben prever la igualdad de género.
Compartió que para emplazar a huelga se requiere la firma del contrato colectivo de trabajo, que no se puede evitar que se firme, pero se puede negociar, la revisión del mismo cada dos años y cada año en lo que se refiere al salario, así como el reparto de utilidades.
Informó que para la legitimación del contrato colectivo de trabajo se pedirá la opinión a los trabajadores si están o no de acuerdo con el mismo, lo que debe hacerse antes del 30 de abril de 2023. Si en una empresa no hay contrato colectivo de trabajo, un sindicato y máximo tres podrán solicitarlo, cada uno debe tener al menos del 30% de los trabajadores.
Explicó que los tipos de sindicatos de trabajadores son gremiales, de empresa, de industria, nacionales de industria, lo que no será obstáculo para que los empleados se organicen de la forma que decidan.
También se prevé la posibilidad de sancionar a los sindicatos que tengan prácticas extorsionadoras contra el patrón, que exigen pago de dinero o en especie para desistir de emplazamiento a huelga.
Entre las nuevas obligaciones para los patrones están entregar de forma gratuita un ejemplar impreso del Contrato Colectivo de Trabajo y recabar la forma de recibido del documento, implementar en acuerdo con los trabajadores, un protocolo para prevenir la dismicriminación, difundir en los lugares de mayor audiencia del centro de trabajo el texto fiel de la convocatoria y otros documentos que le haya solicitado el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.
Finalmente comentó que está prohibido para los patrones, cualquier acto de injerencia para pedir que se adhiera o retire de un sindicato o votar por determinada candidatura en el sindicato.