La Norma Oficial Mexicana fue modificada y ahora establece que niñas y mujeres víctimas de violación tienen el derecho para acceder a la interrupción legal del embarazo; en Guanajuato de 2016 a la fecha se han atendido 18 casos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación aprobó la Norma Oficial Mexicana (NOM) 46 de 2016, ordenando así a los hospitales públicos del país interrumpir embarazos que sean resultado de una violación, sin la necesidad de que la víctima presente una denuncia ante el Ministerio Público, ni verificar que el delito realmente existió.
“Se maneja de manera muy confidencial y nosotros lo hemos realizado con éxito los casos que nos han solicitado hasta el momento desde esa fecha (2016) al día de hoy son 18 casos, también respetamos a quienes son objetores de conciencia, pero se han atendido todos los casos, no criminalizamos absolutamente a nadie y además hemos capacitado a todo el personal de las unidades médicas para que conozcan la norma, hagan valer la ley y protejamos ese derecho a la salud que tienen todas las mujeres”, comentó Daniel Alberto Díaz Martínez, Secretario de Salud de Guanajuato.
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León y Celaya registran el mayor número de casos y el titular de la SSG indicó que en algunas ocasiones la mujer o niña es referenciada a un hospital fuera de su lugar de residencia, haciendo el proceso siempre con apego a lo que dicta la ley y sin necesidad de que haya una denuncia previa ante Ministerio Público.
“No tiene que ver una con la otra, es un tema de atención médica, creo que es lo que se está tratando de hacer a nivel nacional, pero nosotros ni criminalizamos ni juzgamos a nadie, es un tema de salud totalmente, la norma así lo indica y se han realizado con pleno apego a los derechos humanos de las personas que han solicitado la atención médica y con apego a la norma”.